Práctico 8. Discurso de la diputada Clara Campoamor

 

A.- INTERÉS DEL DOCUMENTO

El texto es un fragmento de la intervención de la diputada Clara Campoamor en las Cortes. Se trata de una fuente histórica que refleja la defensa del sufragio femenino en la Segunda República y la reivindicación de la igualdad política entre hombres y mujeres. Es clave para entender el avance de los derechos y la democratización del nuevo régimen republicano.

B.- IDEAS PRINCIPAL Y SECUNDARIAS 

La idea principal del texto es la defensa del derecho al voto femenino y de la igualdad política, como un principio democrático fundamental que debe reconocerse en la nueva Constitución republicana.

Entre las ideas secundarias, podemos destacar, la identificación de la República con la democracia y a la mujer en defensa de ésta, dado que las mujeres han estado comprometidas en episodios anteriores como Cuba y el desastre de Annual, así como en las distintas protestas y luchas sociales que se organizaron, lo que refuerza el argumento de que las mujeres no son políticamente pasivas ni manipulables.

Frente a otras voces que proponían posponer el sufragio por razones tácticas (como Victoria Kent), Campoamor defiende que no se trata de conveniencia política, sino de justicia, igualdad y coherencia democrática, que darán fuerza y ayudarán a la República.  

Por último, señala la deuda histórica hacia el género femenino que necesita ser redimido o rescatado de su ostracismo histórico. 

 C.- CONTEXTO HISTÓRICO

La Segunda República se proclamó el 14 de abril de 1931 como respuesta a la crisis del sistema de la Restauración, al descrédito de la monarquía de Alfonso XIII y la Dictadura de Primo de Rivera. El detonante inmediato fueron las elecciones municipales del 12 de abril, en las que las candidaturas republicanas vencieron en 41 de las 50 capitales de provincia, lo que se interpretó como un plebiscito contra la monarquía. Alfonso XIII abandonó el país y, ese mismo día, se formó un Gobierno Provisional presidido por Niceto Alcalá Zamora, integrado por republicanos de distintas tendencias (Maura, Azaña, Lerroux, Domingo), socialistas y nacionalistas catalanes y gallegos.

Este Gobierno Provisional emprendió de inmediato un programa de reformas de urgencia.

·       En el ámbito agrario, Largo Caballero impulsó decretos como el de Términos Municipales o el de Laboreo Forzoso, en un contexto de miseria latifundista en el sur.

·       En el ámbito militar, Manuel Azaña puso en marcha una reforma para someter el ejército al poder civil. Aprobó la Ley de Retiro de la Oficialidad; redujo las 16 capitanías generales a 8 divisiones orgánicas y clausuró la Academia General Militar de Zaragoza, dirigida por Francisco Franco.

·       En el terreno religioso, la pastoral del cardenal Segura el día 1 de mayo, hostil al nuevo régimen, y los incendios de conventos del 11 de mayo mostraron que la relación entre la República y la Iglesia católica sería conflictiva desde el inicio.

·       En política penitenciaria, Victoria Kent, como directora general de Prisiones, emprendió una humanización del sistema, cerrando cárceles en ruina o mejorando la alimentación.

·       A todo ello se sumó una apuesta decidida por la educación, en un país donde el analfabetismo rondaba el 40 % (especialmente elevado entre las mujeres), se proyectó la construcción de miles de nuevas escuelas, el aumento del número de maestros y el despliegue de las Misiones Pedagógicas en zonas rurales.

Sobre esta base se convocaron las elecciones a Cortes Constituyentes del 28 de junio de 1931, en las que republicanos y socialistas obtuvieron una clara mayoría (265 escaños). Las nuevas Cortes asumieron como tarea principal redactar una Constitución que definiera el régimen republicano. El proyecto constitucional, finalmente aprobado el 9 de diciembre de 1931 por el 82% de la cámara, configuró a España como una República democrática basada en la soberanía popular, con un sistema parlamentario unicameral, un presidente de la República con funciones moderadoras (Niceto Alcalá Zamora) y un jefe de Gobierno responsable ante las Cortes (Manuel Azaña). Se creó el Tribunal de Garantías Constitucionales para vigilar el respeto a la Constitución y mediar en los conflictos entre el Estado y las futuras regiones autónomas.

Respecto a los derechos y libertades, la Constitución reconocía la igualdad ante la ley y proclamaba el derecho a la educación laica y al trabajo. En el ámbito familiar, establecía la igualdad jurídica de los cónyuges y abría la puerta al divorcio. La cuestión religiosa se resolvió con los artículos 26 y 27, que consagraban la aconfesionalidad del Estado, limitaban la actividad de las órdenes religiosas, sometían la enseñanza a control público y prohibían el comercio a congregaciones como los jesuitas. Estas medidas provocaron la dimisión inicial de los católicos Alcalá Zamora y Maura.

En cuanto a la cuestión territorial, la Constitución adoptó la fórmula del Estado integral, reconociendo la posibilidad de que las “regiones” accedieran a la autonomía mediante estatutos aprobados en referéndum y ratificados por las Cortes. Ello permitió la aprobación del Estatuto de Autonomía de Cataluña (Nuria) en 1932 o del País Vasco (Estella) en 1936.

El debate más simbólico del nuevo régimen fue el del sufragio femenino, en el que las Cortes contaban, por primera vez con tres diputadas, Clara Campoamor, Victoria Kent y Margarita Nelken. La cuestión enfrentó dos concepciones contrapuestas. Campoamor defendió que la República debía reconocer de inmediato el voto a las mujeres. Frente a ella, Kent y Nelken sostenían que, la influencia de la Iglesia y el alto analfabetismo femenino podría fortalecer a las derechas y poner en peligro las reformas laicas y sociales. El debate, por tanto, giraba en torno a si la igualdad política debía aplicarse de forma inmediata o posponerse en función del cálculo electoral. El 1 de octubre de 1931 se aprobó el sufragio universal mayores de 23 años por 161 votos a favor, 121 en contra y 188 abstenciones, en una Cámara de 470 escaños. Apoyaron mayoritariamente el sufragio femenino el PSOE (con algunas excepciones significativas), pequeños grupos republicanos de izquierda y buena parte de la derecha; en contra se situaron, paradójicamente, sectores del republicanismo laico (Acción Republicana, radicales y radical-socialistas).

El periodo que siguió, el bienio reformista (1931-1933), trató de traducir en leyes los principios aprobados en la Constitución. El gobierno de Azaña profundizó en la laicización del Estado, amplió la escuela pública, mixta y obligatoria, desarrolló la legislación laboral (ley de jurados mixtos, ley de asociaciones obreras o jornada laboral de 40 horas) y aprobó la Ley de Reforma Agraria, especialmente tras el intento de golpe del general Sanjurjo en agosto de 1932. La aplicación de la reforma agraria fue lenta y limitada, lo que generó frustración en el campo. La tensión social se agravó en episodios como Castilblanco o Casas Viejas (enero de 1933), donde la represión de una revuelta anarquista por parte de las fuerzas de orden público causó numerosas víctimas y dañó gravemente la imagen del gobierno.

En este contexto, las elecciones de noviembre de 1933 dieron la victoria a la derecha e inauguraron el bienio radical-cedista (1933-1935), durante el cual los gobiernos de Lerroux apoyados por la CEDA adoptaron una línea contrarreformista con la paralización de la Reforma Agraria, revisión de la política laica y limitación de competencias autonómicas catalanas. La entrada de tres ministros cedistas al ejecutivo precipitó la revolución de octubre de 1934, con una insurrección obrera especialmente grave en Asturias, reprimida por el ejército al mando de los generales Ochoa y Franco, y la proclamación del “Estado catalán” por Companys, que llevó a la suspensión de la autonomía. El bienio terminó con la crisis del Partido Radical por escándalos de corrupción (Nombela y Estraperlo). Las elecciones de febrero de 1936 dieron el triunfo al Frente Popular, que aprobó la amnistía para los presos de 1934, restituyó la Generalitat y reactivó la Reforma Agraria, pero en un clima de fuerte polarización y violencia política creciente. Los enfrentamientos entre grupos de derecha e izquierda y los asesinatos del teniente José Castillo y del diputado monárquico José Calvo Sotelo en julio de 1936 actuaron como detonante del golpe militar del 17-18 de julio, cuyo fracaso parcial desembocó en la Guerra Civil, poniendo fin al proyecto constitucional y reformista iniciado en 1931.

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